R/ La misma, referente a ausencia del curso, ausencias justificadas y no justificadas, se den indicar en el programa del curso, para que la norma tenga validez de ejecutoria.
R/ Como indicamos anteriormente [sobre el desarrollo de los cursos] si es posible perder un curso por ausencias, pues la obligatoriedad de asistencia presencial -la cual tiene un sentido estricto en algunos cursos- esta consignada en el Artículo 11 del Reglamento General del proceso Enseñanza – Aprendizaje.