R/ El debido proceso, sería, apegado a la normativa institucional vigente, indicar lo siguiente:
a. La UNA no tiene una normativa institucional específica para el caso de licencia de maternidad y/o lactancia.
b. La situación de embarazo, la definen las autoridades de la unidad académica, por ello. una vez debidamente matriculada en la UNA, debe indicar, en la primera clase, en primera instancia a las personas docentes, mediante los documentos probatorios correspondientes, de su situación de embarazo, y solicitar la debida coordinación entre la persona docente, su persona y la autoridad de la unidad académica, para que se realice el procedimiento correspondiente -si corresponde- al plan remedial, que le permita, acorde con la normativa, la valoración sobre el cumplimiento académico de los requerimientos del curso estando en estado de embarazo y posible parto durante el ciclo lectivo correspondiente.
R/ No tenemos a nivel institucional en la reglamentación, norma alguna hasta el día de hoy, sobre la licencia de maternidad (y su período de lactancia), por el momento institucionalmente se ha estado tratando el tema como un acuerdo entre persona docente y estudiante, como un acuerdo de buena voluntad.